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DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana CARMEN DALILA SILVA IBARRA, de conformidad a lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda por motivo de ACCIÓN REIVINDICATORIA, intentada JOSE GREGORIO HERNANDEZ MARQUEZ, contra CARMEN DALILA SILVA IBARRA, preliminarmente identificados.
TERCERO: Se ORDENA a la parte demandada, ciudadana CARMEN DALILA SILVA IBARRA, entregar el bien inmueble objeto de esta demanda, libre de bienes y personas, a la parte actora, constituido por una casa con su parcela de terreno propio distinguida con el Nro. 264, situada en la urbanización "LOS MOLINOS", 2 etapa, .....