DECISION
En base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 264 en concordancia con lo establecido en el artículo 256, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, impone a la acusada IVONNE DEL CARMEN GONZALEZ GIMENEZ, quien es de nacionalidad venezolana, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 05/08/1967, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de profesión u oficio del hogar, estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.078.955, residenciada en la Avenida 2, casa Nº 3, Barrio La Cortecita, Acarigua, Estado Portuguesa, detención domiciliaria sin vigilancia alguna, debiendo cumplirla en la dirección anteriormente señalada, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícita de Sustancia.....