Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda concederle al Ministerio Público, un plazo de TREINTA (30) DIAS , contados a partir de la presente fecha, a los fines de que concluya la presente investigación iniciada en contra de los mencionados adolescentes adolescente IDENTIDAD OMITIDA, De nacionalidad Venezolana, Natural de la Ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, nacido en fecha 05-09-1996, de 16 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio no definida, residenciado en el Barrio Bella Vista 1, calles 34 y 35 con avenida 43 casa N° 11 en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cédula de Identidad V-26.940.485. Quien resulta imputada en la presunta comisión de uno de los delito.....