DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MARIA DARIELA CARMONA asistida por el Defensor Publico Primero Abogado JESUS MANUEL GOMEZ BASTIDAS, actuando en defensa del interés de los adolescentes identidad omitida por disposición de la ley. En consecuencia, se fija la suma de OCHO MIL BOLIVARES (Bs.8.000,00) mensuales, SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.60.000,00) los meses de agosto y diciembre, así como el 50% de los gastos de honorarios médicos, medicinas, odontología, vestidos, calzados, recreación y otros que requieran los adolescentes. El dinero por estos conceptos deberá ser entregado por mensualidades adelantadas, directamente a.....