Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO JURISPRUDENCIAL POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana ÁNGELA COROMOTO CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.055.327, contra su cónyuge ciudadano: JOSÉ BENEDICTO GALLARDO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-5.951.616, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, con relación a lo establecido en el criterio con carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nº 1070 de fecha 09/12/2016, en concordancia con lo previsto en Sentencia Nº 136, de fecha 30/03/2017 proferi.....