DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Francisco José González, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 33 años de edad, soltero, obrero, nacido en fecha 01-05-1971, indocumentado y residenciado en el Barrio 12 de Octubre, detrás de la Urbanización Villa Araure, de Acarigua Estado Portuguesa; quien fue detenido el día 20-01-2005, a las 11:45 horas de la mañana, por la comisión de los delitos de robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Luis Durán Hernández y Joyería Terrasol.
2) Decre.....