Por las razones opuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa declara CON LUGAR el cobro de honorarios profesionales intentado por el Abogado Freddy G. Vargas A., contra la Cervecería y Restaurant Discolandia y SIN LUGAR la impugnación propuesta por el intimado. Déjese transcurrir los cinco (5) días de despacho pertinentes a la apelación y una vez que quede definitivamente firme la presente sentencia, se inicia la fase ejecutiva. Y así se decide.