En este mismo acto la ciudadana Juez, visto el desistimiento realizado por la actora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el mismo, dándole carácter de cosa juzgada, ordenando la devolución de los pruebas consignadas en el día de hoy por ambas partes, el cierre y archivo del expediente y acordó la expedición de las copias certificadas solicitadas.