DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA REFORMA DEL COMPUTO DE PENA POR REDENCION favor del ciudadano MIGUEL ÀNGEL OSPINO RÍOS, ya antes identificado, de conformidad con el artículo 479, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes, cítese al penado y ofíciese lo pertinente ante los organismos autorizados por Ley.
La Juez de Ejecución No. 01
Abg. Dulce María Duran Diaz
La Secretaria,
Abg. Lourdes Valera