DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSTITUIDA FIANZA PRINCIPAL Y SOLIDARIA sobre el Consorcio Financiero Internacional L.C., C.A., hasta por la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.1.500.000), a favor del ciudadano Jesús Francisco Maldonado Uzcategui, para garantizar las resultas del procedimiento ordinario a que se contrae la presente causa, en caso de no prosperar la demanda interpuesta, por todo el tiempo que dure el juicio.
SEGUNDO: se DECRETA la Medida de Embargo Preventivo sobre Bienes Muebles propiedad de la demandada, HASTA CUBRIR EL DOBLE DEL MONTO ESTIMADO DE LA DEMANDA, MÁS LAS COSTAS PROCESALES CALCULADAS PRUDENCIALMENTE POR EL TRIBUNAL; solicitada por e.....