DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica la aprehensión conforme a las reglas relativas a la flagrancia de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Decreta la libertad del Imputado LUIS RAMON LOPEZ, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, hijo de Luís Piña y Juana López, nacido el 31-031968, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 10.057.186, domiciliado en el Barrio La Peñita, callejón 1 casa 56-70 de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa.
3- Acuerda que la presente causa se tramite por el Procedimiento ordinario, conforme al ar.....