DISPOSITIVA
Conforme a la motivación supra establecida, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1 del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, REVOCA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y DECRETA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 262 en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado LUIS ALBERTO GUANIPA, venezolano, natural de Nirgua Estado Yaracuy, donde nació el 08-04-1990, mayor de edad, soltero, Obrero, domiciliado en la Calle Principal Casa sin número, Vía Sabana Larga, Sector Montañuela, Municipio Araure Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad No. V-24.935.066; se ordena como sitio de reclusión Comisaría de Páez, en virtud de lo cual, se acuerda oficiar a su comandante, para que una vez que sea dado de alta el referido ciudadano, ya que se encuentra herido en el Hospital "Jesú.....