DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme lo establecido en el artículo 578 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECIDE: PRIMERO :Admite totalmente la acusación contra EL adolescente CUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY por la comisión del delito CONTRA LA PROPIEDAD específicamente el delito de ROBO GRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículos 455 concatenado con el artículo 58 del Código Penal en relación con el artículo 83, Ejusdem, cometido en perjuicio de los ciudadanos EUCLIDES JOSE GONZALEZ COLMENAREZ y YANNA YANETH GONZALEZ COLMENAREZ SEGUNDO: Admite totalmente los medios de pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal, por cuanto son consideradas legales idóneas.....