Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por la ciudadana HONORIA DEL CARMEN LOYO GONZALEZ, contra el ciudadano JOSE GREGORIO MARQUEZ, ambos identificados en autos. En consecuencia, conforme al Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil de las Cruces, Parroquia "Uvencio Antonio Velásquez, del Municipio Sucre, estado Portuguesa, en fecha 15 de abril del año 2000, tal como consta en el Acta Nº 06.
La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los niños ........................, ........... y ......................, será ejercida por el padre y la madre; y la Custodia la tendrá la madre .....