este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: KARINA JOSEFINA GARCIA, PEDRO JOSE GARCIA, GLADYS COROMOTO GARCIA, FRANCOLINA DEL CARMEN GARCIA, MAXIMINO ANTONIO GARCIA y ANA VICTORIA GARCIA, la existencia de sus condiciones de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus EFIGENIA GARCIA GARCIA, quien falleció ab intestato, el día el día Primero de Febrero del año dos mil catorce (01/02/2014), en esta ciudad de Guanare, a causa de Cáncer Pulmonar, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa Sin que pretenda por este procedimiento, la apertura de la sucesión. Quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvas.....