Evacuadas las justificaciones de los ciudadanos: LILIANA AMANDA SANCHEZ y JOSE ENRIQUE CASTILLO MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.057.405 y V-25.315.666 respectivamente, por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle al ciudadano: ALEXIS JESUS REYES MEDINA; ya identificado, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre la Parcela de Terreno Municipal, ubicadas en la Urbanización El Nazareno, avenida José María Vargas, del Municipio Guanare, estado Portuguesa,.....