DISPOSITIVA
Con fundamente en lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la devolución del vehículo, Marca: Chevrolet, Clase: automóvil, Uso: particular, Modelo: Malibú, Año: 1982, Color: gris, tipo Sedan, Serial de motor 1W69ADV3131187 y Serial de Carrocería 1T69ABV307142, Placa: 020-688, al ciudadano Edwinth Aldo Fred Cordero Orellana, venezolano, mayor de edad, natural de Guárico Estado Lara, nacido en fecha 28-07-78, soltero, de profesión u oficio taxista, titular de la Cédula de Identidad N° 13.739.619, residenciado en el Barrio Libertador, calle 3, casa s/n, Guanare Estado Portuguesa, debidamente asistido por el Abogado Gregorio Antonio Dorante, por cuanto no posee legitimidad activa para ejercer los derechos que pretende.....