Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada CARMEN MARÍA BERMÚDEZ, en su condición de Defensora Privada de los ciudadanos SANTOS ABRAHAN IGLECIA y SANDY ABRAHAN IGLECIA; SEGUNDO: REVOCA PARCIALMENTE la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, en fecha 23 de marzo de 2009; y TERCERO: decreta el decaimiento de la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta al acusado Santos Abrahan Iglecia Acosta, ordenándose que se prosiga el proceso, incoado en su contra, en LIBERTAD, de conformidad con los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Pr.....