Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana ADRIANA JOSEFINA ARRAEZ RIVAS ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de las Bienhechurias construidas sobre una parcela de terreno Municipal, dentro de un área total de doscientos veintitrés con veinticinco metros cuadrados ( 223,25 M2), ubicadas en el Barrio El Progreso, sector 3, calle principal de la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, consistentes en: Una casa construida con paredes de bloques frisados por dentro y por fuera, dos habitaciones con puerta de metal y ventana de metal, piso de cemento pulido, techo de acerolit.....