Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, interpuesta por la ciudadana SANDRA YALETH ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.058.195, asistido de abogado, contra la ciudadana YESSIKA ANAÍS CAMPINS ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.224.
En consecuencia, se declara que la demandante SANDRA YALETH ÁLVAREZ, antes identificada, sostuvo una relación concubinaria con apariencia y efectos de matrimonio con el ciudadano ANTONIO JOSÉ CAMPINS GUEDEZ, desde el 20 de julio de 1.988 hasta el 16 de mayo de2008.