DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE la presente acción de amparo constitucional por omisión de pronunciamiento judicial, incoada por el ciudadano LUIS DANIEL CARRASCO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-26.705.567, en su condición de acusado, debidamente asistido por el Abogado GABRIEL MARÍA DE JESÚS KASSEN MACHADO, en contra de la omisión de pronunciamiento judicial por parte de la Jueza de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 1J-1001-15; SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL;.....