PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio por motivo de desafecto fundamentado en la sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos CIRILO RAMON MATUTE CASTILLO y DIANA COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V.-9.044.276 y V-9.840.371, respectivamente, ante el Registro Civil del Municipio Esteller, estado Portuguesa, en fecha 17 de julio del año 2007, según consta de Acta de Matrimonio N° 39.-
TERCERO: Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil. Ofíciese a los Organismos competentes, de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, remitiendo copia certificada de la presente decisión, una vez quede firme la presente sentencia defini.....