DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, actuando en funciones de control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el Sobreseimiento Definitivo y declara concluida la presente causa a favor de los ciudadanos (Se omiten), por el delito de Desvalijamiento de vehículo, previsto en el artículo 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del Estado venezolano, en virtud de haber transcurrido un año desde que se dictó el Sobreseimiento Provisional por auto de fecha 21-02-2013, sin que la Fiscalía del Ministerio Público haya solicitado la reapertura del procedimiento, todo de conformidad con el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescent.....