En la fecha de hoy, miércoles 26 de marzo de 2014, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar conforme a lo establecido 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y llegada la hora de la misma, procedió el Alguacil adscrito a este Circuito, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y visto que la parte demandante, ciudadana JHOSELI KARINA MORALES DURÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.261.849, no compareció a la celebración de dicha audiencia. Dejándose constar asimismo la incomparecencia de la parte demandada, ciudadano ANDRIS ANTONIO RODRÍGUEZ ESCALONA, venezolana, m.....