D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle a la ciudadana JOHANNA CAROLINA RIVERO FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.855.843, a la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 13 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-28.268.642, y los ciudadanos JEAN CARLOS RIVERO FRANCO, RENE RAMON RIVERO FRANCO, YENIFER CAROLINA RIVERO FRANCO, YESSICA CAROLINA RIVERO FRANCO, YELIMAR CAROLINA RIVERO FRANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.475.883, V-17.882.409,.....