EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Declara la nulidad absoluta del escrito de acusación presentada por la Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. FÉLIX MONTES, y los actos subsiguientes al mismo y se retrotrae el proceso hasta la fase de investigación, entiéndase acto siguiente a la presentación del imputado contra el imputado EDGAR ALEXANDER SOTO, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 24-05-1.978, de 27 años de edad, obrero, identificado con Cédula N° 14.347.088, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, vereda 10, Casa sin número, Guanare, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de estado Venezolano, a objeto de garantizar al imputado el der.....