-VI-
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JUAN ALCIDES CARO, en fecha 09 de Febrero de 2024, contra la decisión del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, de fecha 06 de Febrero de 2024, que declaró inadmisible su pretensión de cobro de honorarios profesionales contra la ASOCIACIÓN DE SCOUTS DE VENEZUELA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 06 de Febrero de 2024, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, que declaró inad.....