DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCION, acordada a favor del ciudadano JOSELO LOPEZ, de 38 años de edad, cabo Primero de la Guardia Nacional, adscrito al Tercer Pelotón, Primera Compañía, Destacamento N° 41, con Sede en Biscucuy Estado Portuguesa, titular de la cédula de Identidad N° 8.657.571, y domiciliado en la Urbanización Villas del Pilar, calle 15, Town House N° 398, Araure Estado Portuguesa, por no existir en la actualidad temor fundado en contra de su integridad física que haga necesaria la vigencia de dicha medida.
Notifíquese al solicitante, a la Fiscal Superior del Estado Portuguesa, y al Comandante de la Comisaría General Juan Guillermo Iribarren, perteneciente al Municipio Araure del Estado Portuguesa, con c.....