DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ETNY CANELON ANDRADE, en su condición de Fiscal Provisorio Tercero del Ministerio Público, con sede en Guanare, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 30 de abril de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 01, de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, con ocasión a la celebración de la audiencia oral de presentación de aprehendida, en la que se NIEGA mantener la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a la ciudadana ISABEL CRISTINA GUERRERO JUAJIBOY, decretada en fecha 02 de abril de 2014 con ocasión a la orden.....