CUARTO
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 1 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida a los adolescentes OMITE POR RAZONES DE LEY, de 17 de edad, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 09-06-1997, soltero, de profesión u oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-26.300.842, residenciado en el Barrio "Nueva Jerusalén", calle "Ezequiel Zamora", casa sin número, Sector "A", Municipio Guanare del Estado Portuguesa, hijo de Liliana Silva y Víctor Quintana, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, (APROVECHAMIENTO DE COSAS.....