DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer a los adolescentes; IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY y IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, toda vez que a los mismos se les imputa la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente el delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la ley para desarme y control de armas y municiones en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, la Medida Cautelar prevista en el artículo 582 literal " C " de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en:
1.- La obligación de presentación por ante el Consejo de Protección del Niño Niña y Adolescente del Municipio Túren, por el lapso .....