Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana: SONIA ASILOE PINZON DE MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.668.603, domiciliada en la urbanización Sol del Este A, Avenida 2, casa 16, de esta ciudad de Guanare del Estado Portuguesa, asistida por la abogada Poelis C. Rodríguez Hernández, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.404.627, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.317, con citación de su cónyuge ciudadano GUSTAVO ALFONSO MONCADA LOBO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.807.931, cuyo apoderado j.....