En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal de Guanare Estado Portuguesa ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: DECRETA: Primero: Se decreta como flagrante la Aprehensión del imputado, GARCIA RENE ANTONIO, Venezolano, de estado civil Soltero, nacido en fecha 26/12/1983, natural de Guanare Estado Portuguesa, de ocupación u oficio Herrero, titular de la cedula de identidad Nº 17.003.667, Residenciado en el Barrio Unión, Callejón nro. 2 con Calle Principal, Casa S/N, cerca del Aserradero Panamericana, en Guanare Estado Portuguesa, Numero de Teléfono: 0257-25355957, por la presunta comision del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSCOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del la salubridad publica y el Estado Venezolano; por encontrarse llenos los extremos del articulo 248 del C.....