Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1-. Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano Enrique Fernández, venezolano, mayor de edad, soltero, chofer, nacido en fecha 19-01-1948, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.242.659 y residenciado en el Barrio Sucre, final Calle 5 N° 3-88, de esta Ciudad de Guanare, estado Portuguesa, por la comisión del delito de homicidio culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal en perjuicio de Bartolo González.
2.-Acuerda la continuación de la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
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