este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: PEDRO ALFONSO GUANDA PERDOMO, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión de las Bienhechurias edificadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que ocupa un área de doscientos quince con treinta y tres centímetros cuadrados (215,33 mts2) ubicada en el Barrio Colinas de Italven calle 2 de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa. La cual la ha fomentado con su dinero. Consistentes en: Una vivienda, constituida con paredes de bloques, cuatro (4) piezas, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, cercada con alambre con un valor .....