Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesto por el ciudadano: JOSE RAUL RUIZ SANTIAGO, de nacionalidad venezolano, titula de la cedula de identidad N° 16.475.670, a través de su apoderada judicial, con domicilio en Chubut 565 Piso 4 Apartamento B, Neuquén Capital, CP 8300, ciudad de Argentina, Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, sentencias Nros 1070 y 1248 de carácter vinculante de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por último, artículos 5,6 y 7 de la Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda D.....