De la revisión de todas las actas que conforman la presente causa, se desprende que efectivamente al imputado EDWIN ADALBERTO ROMERO DURAN, en fecha 26-04-2005, este Tribunal decretó en su contra MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, CONSISTENTE DE ARRESTO DOMICILIARIO, conforme a lo establecido en el artículo 256, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULOS AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6, ordinales 1, 2, 3, y 10 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Alexis Javier Noguera y Gonzalo Segundo Barraez, no obstante, se constató que desde la fecha en que se decreto la misma hasta el día de hoy, han transcurrido tres (3) meses y no consta en autos que durante todo ese tiempo haya incumplido con la medida que le fue impuesta, evidenciándose que no existe peligro de fuga ni peligro de obstaculización en la búsqueda de la ver.....