Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción por Cobro de Bolívares vía intimatoria, seguida por MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos: OSWAL TANCREDYS PÉREZ TOVAR, MARÍA MAXIMILIANA MENDOZA CEBALLOS, RAFAEL ÁNGEL OVIEDO MENA Y ALBERTO DE JESÚS CHAPARRO; en consecuencia se condena a los demandados a pagar a la actora la cantidad de: CIENTO SESENTA MIL NUEVE BOLÍVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 160.009,05).
Que comprenden:
a.- La cantidad de CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON DOCE CÉNTIMOS (Bs. 108.297,12) por concepto de cancelación del capital, monto de la deuda.
b.- La cantidad de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON DOCE CÉNTIMOS (Bs. 19.710,12) por concepto de Intereses Moratorios calculados .....