Recibida como ha sido la presente causa procedente del Juzgado de Juicio No. 1 de este Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en la que en fecha veintiséis (26) de Julio del presente año, se dictó sentencia absolutoria a favor del ciudadano Gamez Robert Antonio, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 31/10/1979, soltero, natural de Guanare, estado Portuguesa, de profesión u oficio indefinida, titular de la cedula de identidad Nº 13.959.622, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Detentación de Municiones para Armas de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Miguel Eduardo Escalona Vargas y el Estado Venezolano; ordenándose la destrucción del objeto material incurso en la presente causa; ahora bien de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal es de competencia de este juzgado la ejecución de la sentencia una vez declarada su firmeza, por lo que es proc.....