Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano JORGE FELIX MORA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.410.439, domiciliado Actualmente en ciudad de Carolina del Sur de los Estados Unidos de America; Representado judicialmente en este acto por la Abogada en ejercicio PAOLA ANDREINA DINATALE MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.389.209 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 304.115, según poder Autenticado por ante la Notaria Publica de Carolina del Sur de los Estados Unidos de America, y Apostillado con el Sello de la Haya por ante la Oficina de la Secretaria de Estado, .....