Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR,  el recurso de apelación interpuesto por  el ciudadano DENNY GREGORIO BRICEÑO BETANCUR, asistido por el Abogado César Cauro, en su carácter de parte demandante, contra la decisión de fecha 10 de junio del año 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE CONFIRMA,  la decisión de fecha 10 de junio del año 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR  la demanda interpuesta por el ciudadano: .....