Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Carmen Dolores García y Rafael Tobías Requena Volcán, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- V- 10.722.932, V-8.052.599, en el mismo orden, domiciliada la primera en las Mesetas, Calle 2 Casa Nº 58 Guanare, estado Portuguesa, y el segundo en el Barrio Portugal, callejón 1, casa S/N, Guanare, estado Portuguesa.,, debidamente asistidos por el profesional del derecho Silvia Perdomo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.238.034 e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 134.278, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 12.1163, dictada en fecha 02 .....