DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 39 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA A LA MUJER y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana DEYANIRA DEL CARMEN MARTIN MENDOZA, consistente de la salida inmediata del ciudadano Rodolfo José Córdova Gutiérrez, de la residencia común que comparte con su concubina la ciudadana Deyanira Del Carmen Martín Mendoza.
Publíquese, regístrese, déjese copia y líbrese boleta de libertad. Remítase las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público respectiva, a los fines de Ley.
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