En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el artículo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara con lugar el Sobreseimiento Provisional a favor del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA identificado UT SUPRA, por los hechos ocurridos el día 28 de diciembre de 2003, calificados por el Ministerio Público como el delito LESIONES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Fernando José Duran Villavicencio. Se acuerda notificar a las partes
En la ciudad de Guanare a los veintiocho, días del mes de septiembre del año dos mil cinco.
La Juez de Control No 2,
Dra. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA
La Secretaria,
Abg. ARGELIA GUÉDEZ ROM.....