Por las razones anteriormente, este Tribunal de Ejecución Nº 1, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: la concesión del Beneficio de Destino a Establecimiento Abierto al penado GUILLERMO RAMON LIZCANO, quien es Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 31-07-1.982, identificado con cédula N° 18.296.060, residenciado en Barrio Santa María calle Negro Primero con callejón Nº 4 casa s/n Guanare y en fecha 29/04/05, el penado DARWIN RAFAEL ROMERO GUEVARA, quien es Venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 11-10-1.979, identificado con cédula N° 13.769.577, residenciado en Barrio Santa María calle Negro Primero con callejón Nº 4 casa s/n Guanare, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 64 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el ordinal 1º del artí.....