DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Rosa Eugenia Lacruz Briceño, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Calle Girardot, cerca del Mercado, frente al Auto Lavado La Colonia, Biscucuy del Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 15.588.750, en representación de sus hijos: xx, xx y xx de 05,03 y 01 año de edad, contra el ciudadano: Carlos Alberto Rojas Delgado, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Tembladora, Biscucuy Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 14.995.942 y fija la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs.250,00) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, i.....