Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano MAXIMINO RIVAS BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 5.637.669, natural de Bocono, Estado Trujillo, nacido en fecha 15-12-1948, soltero, hijo de Eloina Bastidas y Florencio Rivas, domiciliado en el Caserío Veguitas, Corozal, Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el Articulo 455 ordinal 12 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano García León Juan Alejandro, todo de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal y así se decide. Quedando sujeto al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el Artículo 22 del Código Penal hasta e.....