DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2, Sección Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: PRORROGAR la suspensión del proceso a pruebas a favor del Adolescente Imputado: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY, por el lapso de cinco (05) meses. SEGUNDO: Se Acuerda agregar la constancia consignada a las presentes actuaciones y la expedición de las copias simples del acta de audiencia que se levanta en el día de hoy peticionadas por la Fiscal del Ministerio Público y por la Defensa. TERCERO: Se acuerda librar oficio al Equipo Técnico multidisciplinario de este Circuito Judicial, a los fines de notificarles sobre la decisión aquí dictada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 2, del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de.....