en aras de asegurar el desarrollo integral de la adolescente así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, tal como lo ordena el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes in comento, procede a REVOCAR, a tenor de lo establecido en el artículo 405 eiusdem, la medida provisional de Colocación en la Entidad de Atención "Unidad De Protección Integral Sobeida La Muñequera" dictada por este Tribunal en fecha 18/07/2013 y se DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE REINSERCIÓN FAMILIAR de la adolescente (Identidad Omitida por Disposición de la Ley) EN EL HOGAR DE LA CIUDADANA DILERVI MARGELIS SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad desconocida domiciliada en Achaguas, Municipio Achaguas del estado Apure, calle Principal, Sector La Pica I, punto de referencia al lado de una bloquera, casa de la ciudadana Carmen Simona Vera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V-8.166.189, teléfonos: 0416-449.3632 y .....