DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: Primero: CONDENA A LA ACUSADA: Gladys María González García, venezolana, de 23 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 18.816.453, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, hija de Santos Eduardo González y Gladis Ramona García, soltera, oficios del hogar y residenciada en Barrio Sol de Justicia, calle principal, frente al la iglesia Bautista que esta en construcción, casa sin número de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa; ha cumplir una pena de Tres (03) Años y Cuatro (04) meses de Prisión, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal Vigente; por la comisión del delito de Distribución Ilícito de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, en Cantidades Menores, previsto.....